El pasado viernes 20 de noviembre de 2020, se aprobó en Galicia la orden que regula las comisiones provinciales ante las posibles situaciones de absentismo con origen COVID.

¿Qué tendrán en cuenta las Comisiones Provinciales de Absentismo?

  • En una situación como la actual de pandemia, la efectividad del derecho fundamental a la educación, en su desarrollo como obligación de asistencia a clase, puede ser contrapuesto, en circunstancias excepcionales por parte de algunas personas, a otro derecho fundamental: el derecho a la vida, en su manifestación del derecho a la integridad física, no solo de los y de las menores, sino de sus familiares convivientes.
  • En este caso, tal contraposición debe ser examinada de forma particular, caso a caso, tanto teniendo presente el contexto de evolución de la pandemia (en cada parte del territorio), como en el supuesto concreto de cada familia.
  • La ley exige para apreciar absentismo y que se tomen medidas contra este absentismo por los poderes públicos que la falta de asistencia a clase reiterada no tenga justificación. Estas circunstancias serán las que motiven la puesta en marcha de los protocolos de actuación
    frente al absentismo cuya implementación corresponde a las administraciones autonómicas, con la necesaria colaboración de los centros docentes.

De todas formas todos conocemos casos sangrantes de absentismo escolar dónde poco o nada se ha hecho, como muy bien dice nuestro maestro gallego Toni Arias, que por algo ha sido escogido mejor docente de España.

¿ Están los centros ayudando a las familias en riesgo?

Parece que algunos centros sí y otros no, de lo que sí se quejan la mayoría de las familias es de la Administración, sin embargo la normativa es clara:

  • Las administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la presente ley. 
  • Las administraciones educativas podrán establecer planes de centros prioritarios para apoyar especialmente a los centros que escolaricen alumnado en situación de desventaja social.

Hemos hablado con distintos padres de nuestra ciudad que están viviendo situaciones realmente dramáticas, el caso de Susana, nos ha impactado muchísimo, ella es una madre que tiene una discapacidad  del 65% por una enfermedad del riñón., lleva 6 cirugías, una de ellas fue un trasplante de riñón cedido por sus marido. Sus vidas han cambiado de tal manera con la llegada del COVID que su marido es el único que sale fuera a trabajar y, sabiendo el alto riesgo para su mujer, duerme en otra habitación, come también apartado… Esto que a los que estamos bien nos puede parecer raro  es el día a día de muchas familias, incluso padres sin estas patologías tan graves pero que sí trabajan en sectores de mucho riesgo como sanitarios. El caso es que Susana presentó su historial clínico tanto a su centro escolar como a Inspección de Educación, y les deniegan las clases telemáticas. Tiene abierto un expediente por absentismo por ello, que por razones obvias no ha querido que publiquemos más datos.

Padres que no son absentistas, son personas que están preocupadas por la salud de sus hijos y su familia.

En Vigo, al igual que en el resto del territorio español, hay centros y centros, un caso muy distinto al de Susana es el de Cristina, en este caso su marido es de extrema vulnerabilidad. Tienen 2 hijos en diferentes centros escolares de nuestra ciudad y sí han contado con el apoyo de los centros pero no de Inspección, que les ha denegado la educación telemática, aludiendo al protocolo de 2011, un protocolo antiguo que ni contempla la enseñanza online pero si domiciliaria. De todas formas sus hijos hasta esa se la denegaron pues los niños no tienen patologías, obviando la recomendación de Abogacía del Estado donde sí se habla de niños vulnerables por convivientes de riesgo. 

¿Qué pasa con los aerosoles?

Si ya estas familias desde el principio tenían claro que los colegios no eran centros seguros para ellos, parece que esto se ha confirmado al admitir el propio Gobierno desde el Ministerio de Sanidad que hay evidencias científicas que apuntan a los aerosoles como una vía de transmisión del coronavirus y ha establecido que el riesgo aumenta en entornos cerrados y concurridos, especialmente mal ventilados, y con actividades como el ejercicio, hablar alto, gritar o canta. Y por ventilar no se entiende airear 10 minutos cada hora, que en muchos centros ni eso se hace, ventilar es la mayor parte del tiempo.

Presentación de enmienda a la Ley de Educación en el Congreso de los Diputados

Así las cosas la abogada María Amparo Martinez ha presentado una enmienda ante la ausencia de regulación específica sobre la no exigencia de la presencialidad en los centros educativos en tiempos de pandemia o en situaciones de total excepcionalidad contemplando expresamente la opción de elección de educación vía online tanto para profesores como para alumnos.

No existe un protocolo eficaz para evitar el contagio de los niños, por el Coronavirus SARS-CoV-2, a través de aerosoles, durante las clases presenciales en los centros educativos, habiendo ya un reconocimiento expreso del mismo, sin purificadores de aire con filtros Hepa, ni medidores de Co2, hacen del todo necesario que se regule formalmente la opción de educación online en tiempos de pandemia.

Elegir educación online en tiempos de pandemia

La abogada Martínez Marian está recogiendo firmas en change para modificar la ley educativa en tiempo de pandemia.como ella misma dice no tiene ningún sentido que hoy en día todos nos hemos adaptado a trabajar online, incluso las vistas de los juicios se hacen de forma virtual y la enseñanza siga siendo 100% presencial.

Más información

Si estáis interesados en este tema podéis ver el video realizado por Rincon_Galan 

 

La educación online en España esta regulada no es algo nuevo, existe para deportistas y situaciones excepcionales, ¿ no es el COVID una situación excepcional?