• Un año más se convocan las nuevas ayudas para niños con necesidades específicas de apoyo educativo para el año 2024_2025, donde se incluye tanto el TDAH como el Autismo y las Altas Capacidades entre otras.

¿ Qué son las becas y ayudas para alumnos con necesidades específicas de apoyo educativos?

Según cada caso particular y necesidades del alumno se tendrá derecho a una ayuda u otra.

CUÁLES SON AYUDAS PARA NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECÍFICAS

 

Para el curso académico 2024-2025 se convocan las siguientes ayudas y subsidios:

  • Alumnos con Discapacidad o trastornos graves de conducta:
    • Ayudas directas para los alumnos, incluyendo al alumnado con TDAH (Trastorno por déficit de atención por hiperactividad), que requieran por un periodo de su escolarización o a lo largo de toda ella, determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas de discapacidad, de trastornos graves de conducta o de trastornos graves de la comunicación y del lenguaje asociados a necesidades educativas especiales.
    • Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta o trastorno grave de la comunicación y del lenguaje asociado a necesidades educativas especiales para familias numerosas.
  • Alumnos con TEA
    • También podrá ser beneficiario de ayudas directas el alumnado con TEA (Trastorno del Espectro Autista) no incluido en el párrafo anterior y que requiera estos apoyos y atenciones educativas específicas.
    • También podrán ser beneficiarios de subsidios los alumnos con TEA (Trastorno del espectro autista), pertenecientes a familias numerosas, no incluidos en el párrafo anterior
  • Alumnos con Altas Capacidades
    • Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

BENEFICIARIOS DE LAS BECAS DE NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES

 
 
  1. Tener cumplidos dos años de edad a 31 de diciembre de 2023. En el caso de alumnos de Altas Capacidades deben tener 6 años o más a 31 de diciembre de 2024.
  2. Estar escolarizado en un centro específico de educación especial o en un centro ordinario que tenga unidades de educación especial o que esté autorizado para escolarizar a alumnos con necesidades educativas especiales.
  3. Ayudas al estudio y subsidios para el alumnado con necesidad específica de apoyo educativo derivada de discapacidad, trastorno grave de conducta o trastorno del espectro autista o asociada a alta capacidad intelectual en los siguientes:
    • Educación Infantil.
    • Educación Primaria.
    • Educación Secundaria Obligatoria.
    • Bachillerato.
    • Ciclos formativos de grado medio y superior.
    • Enseñanzas artísticas profesionales.
    • Formación Profesional Básica.
    • Programas de formación para la transición a la vida adulta
  4. Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
  5. Ayudas para programas específicos complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales. Podrán recibir una ayuda de hasta 913 euros para el pago de los gastos derivados de la inscripción y asistencia a programas específicos para este colectivo.
    • Educación Primaria.
    • Educación Secundaria Obligatoria.
    • Bachillerato.
    • Ciclos formativos de grado medio y superior.
    • Enseñanzas artísticas profesionales.

  CÓMO SOLICITAR LA BECA O AYUDA DE NECESIDAD EDUCATIVA 

Dónde y cuando:

  • Los solicitantes con certificado reconocido de firma electrónica: a través del registro telemático del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, adjuntando un escaneado de los certificados correspondientes, en este enlace cuando salga la convocatoria.
  • Los solicitantes sin certificado de firma electrónica lo presentarán en el centro docente en el que vayan a seguir los estudios durante el curso académico 2024-25
  • El plazo para solicitar esta ayuda será del 30 de abril al 13 de septiembre de 2024
 

REQUISITOS DE RENTA PARA LAS AYUDAS

 
Las ayudas podrán ser solicitadas por los alumnos cuya renta y patrimonio familiares en 2023 no hayan superado, los umbrales siguientes según número de miembros:
  1.  miembro: 12.534 euros.
  2. miembros: 20.416 euros.
  3. miembros: 26.811 euros.
  4. miembros: 31.801 euros.
  5. miembros: 36.089 euros.
  6. miembros: 40.229 euros.
  7. miembros: 44.143euros.
  8. miembros: 48.031 euros
 

SUBSIDIOS QUE NO REQUIEREN REQUISITOS ECONÓMICOS

Existen dos subsidios en los que no se tienen en cuenta los requisitos económicos:
  1. Uno es el subsidio para familias numerosas que cubre comedor escolar, transporte urbano e interurbano.
  2. El otro es la ayuda complementaria de los 400 euros.

 

AYUDA DE 400 EUROS

 
  • Habrá una ayuda complementaria de 400 euros para los estudiantes de niveles educativos no universitarios que acrediten una discapacidad de, al menos, un 33%, trastorno grave de conducta, de la comunicación/lenguaje o del espectro autista (TEA) para sufragar los gastos adicionales que sus familias deben afrontar. En un principio el RD excluía a las Altas Capacidades pero en la página del Ministerio, no sabemos si por las quejas de distintas asociaciones o no, finalmente sí aparecen recogidas, podéis verlo en este enlace y os dejo foto.

La ayuda para los programas específicos no la concederán si se puede asistir de forma gratuita a un programa similar impartido por la administración educativa.

Para la concesión de los subsidios no se atenderá a la renta ni al patrimonio familiar.

  • El subsidio de 400 euros,  se justifica por el hecho de que las familias con hijos o hijas que tienen estas necesidades asumen unos costes adicionales muy significativos para atender los requerimientos vitales de sus hijos e hijas, lo que, unido a las circunstancias económicas actuales, hace preciso un soporte extraordinario.

 DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITAR LA BECA

 

1.- Para acreditar los requisitos generales: Alguno de los tres siguientes documentos:

  • Certificado de un equipo de valoración y orientación de un centro base del Instituto de Mayores y de Servicios Sociales u órgano correspondiente de la comunidad autónoma
  • Certificado de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación dependientes de la administración educativa correspondiente (el formulario genera el modelo)
  • Certificado de discapacidad.

2.- Para acreditar, en su caso, la necesidad de recibir ayuda para reeducación pedagógica y del lenguaje:

  • Informe específico del equipo de orientación educativa y psicopedagógica o del departamento de orientación según los modelos que genera el formulario, certificación expedida por el inspector de zona o del equipo de orientación dependiente de las administraciones educativas y certificación acreditativa del coste del servicio expedida por el centro que lo presta (según el modelo que genera el formulario).

3.- Para acreditar las circunstancias que dan derecho a deducción de la renta (familias numerosas, discapacidad calificada, etc.), presentará también documentación acreditativa según el caso: fotocopia del carnet de familia numerosa, del libro de familia, del certificado de discapacidad, de la pensión de orfandad, etc.

 CUANTÍA DE LA AYUDA POR NECESIDADES ESPECÍFICAS

  • Enseñanza: hasta 862,00 euros.
  • Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.
  • Comedor escolar: hasta 574,00 euros.
  • Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.
  • Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.
  • Transporte urbano: hasta 308,00 euros.
  • Libros y material didáctico:
    • Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.
    • Resto de niveles de la enseñanza post- obligatoria: hasta 204,00 euros.
    • Reeducación pedagógica o del lenguaje: la que en cada caso se fije como necesaria y suficiente, con un límite máximo de 913,00 euros para cada una de ellas.
  • Para altas capacidades intelectuales, la cantidad máxima será de 913,00 euros para la asistencia a programas específicos para este colectivo siempre que no se presten de forman gratuita por la correspondiente administración educativa.

 

 NORMATIVA DE LA AYUDA DE NECESIDADES ESPECÍFICAS