Últimamente debido a los cambios continuos en materia de empleo todos tenemos un montón de dudas cuando surge el momento de solicitar el paro o una ayuda en el Servicio Público de Empleo y estas ayudas varían mucho según la situación familiar de cada uno.
Aun trabajando en la misma empresa el mismo tiempo y con el mismo sueldo no va a cobrar lo mismo una persona sin hijos que una persona con uno o dos o con reducción de jornada, la familia y los hijos influyen a la hora de cobrar el paro por eso en Vigopeques vamos a clarificar dudas.
- Tienes que haber perdido el empleo de forma
involuntaria (despido, fin de contrato, ERE…). Si te vas de un trabajo voluntariamente pierdes el derecho a esta prestación, asi que ojo con la baja voluntaria. - Tienes que haber cotizado al menos 360 días en los
últimos 6 años, no estar en edad de jubilación y no realizar ningún tipo
de actividad profesional por cuenta propia, ojo con los contratos mercantiles que ofrecen algunas empresas diciendo que son compatibles con el paro, ¡No es verdad!. El cobro de esta prestación no es compatible con ningun trabajo.
El paro se puede solicitar durante los 15 días laborables después de quedarse sin trabajo. Si te quedan vacaciones por disfrutar, el plazo comenzaría después de agotarlas. Si tardas más en solicitarlo pierdes el derecho de prestación por los días que te retrases.
Para solicitar cita puedes hacerlo
a través de la web del SEPE
La prestación se abonará entre los días 10 y 15 de cada mes mediante transferencia a la cuenta bancaria que hayamos facilitado.
¿Cuanto tiempo me corresponde?
Según el tiempo que hayas trabajado por cuenta ajena se calculara la duración de tu prestación, os pongo el cuadro que os indicará según los días cotizados los días de prestación que os corresponden.
En caso de haber trabajado a tiempo parcial cada día se considera como un día cotizado, con independencia de la jornada.
El paro se interrumpe en caso de maternidad o paternidad, al sustituirse por la prestación de baja maternal que corresponde (y que
abona el INSS) y se reanudará cuando este periodo termine, siendo
necesario que el trabajador lo solicite al SEPE.
La cuantía varia en el tiempo:
- Los primeros 6 meses será el 70% de la base reguladora calculada según las bases de contingencias profesionales de los últimos 180 días cotizados.
- A partir del séptimo mes, la cuantía se reduce al 50% de esa base.
- En ambos casos, existe una prestación mínima y maxima dependiendo de las cargas familiares, que en 2014, iba desde los 497,01€ si no tienes cargas familiares a los 664,75€ si tienes uno o más hijos. Y también una cuantía máxima que oscila entre 1.087,2€ sin cargas, 1.242,52 con un hijo y 1.397,84€ con dos o más hijos.
El paro se cobrara en función del número de horas trabajadas, con excepciones pues en el caso de estar en situación de reducción de jornada por guarda legal, (hemos hablado de ella
Aquí ) se cobrará el 100% de la jornada independientemente de la reducción.
Una vez concedida la prestación hay que tener en cuenta algunos puntos que si no los cumples pueden hacer que te sancionen y retiren la prestación:
- Renovar la tarjeta de demanda en el día que se indique en la misma, si es festivo,el primer día laborable siguiente.
- Prestar atención a las comunicaciones que se reciban, de la oficina de empleo, ya sea por correo, sms o mail.
- Acudir a las citas de orientación o cursos que se le concedan.
- Pedir autorización si se va a viajar al extranjero, el viaje ahora puede ser de más de 15 días, hasta 90 días, pero es obligatorio solicitar autorización si viajas sin ella y se detecta este desplazamiento, perderás el paro y tendrá que devolver lo recibido a partir de su salida no autorizada.
menu_ayuda
Desgraciadamente esta información me viene muy bien, mi empresa va de mal en peor y tenia muchas dudas sobre lo que me correspondia. Gracias!
Lamentablemente es el pan nuestro de cada día, cualquier duda que tengas no dudes en consultarla.
La situación es terrible , y toda información es ideal, esperemos que sirva a muchas personas . Gracias por facilitar datos precisos ^.^
Es bueno tener la información a mano, por si acaso.
Una info muy útil y que he estudiado muchas veces… espero que no haga falta ponerla en práctica.
Esperemos que no, además esto todo es tan cambiante que nos acabamos liando.
La verdad es que todo esto es un embrollo, muchas gracias por explicarlo de forma tan clara.
Gracias es lo que trato de hacerlo entendible al público, si lo consigo habrá merecido la pena la entrada.
¡Que bien detallado todo, muchas gracias! Haces que se entienda todo a la perfección. De momento en casa tenemos la suerte de estar trabajando, pero tal y como están las cosas nunca se sabe. Y habrá mucha gente a la que (desgraciadamente, ya que es mejor tener empleo) le vendrá muy bien esto.
Ohhh, muchas gracias, esa es la función que se entienda perfectamente y clarito.
Por desgracia conozco todo lo que cuentas en este post. Pero una cuestión, el salario mínimo que pones es si el trabajo que tenías era a jornada completa o dependiendo de la base de cotización, porque yo en mi último trabajo estuve a media jornada y cobre bastante menos de lo que pones…
El salario que pongo es el mínimo a jornada completa independientemente de tu base de cotización ese es el mínimo por jornada completa si trabajaste menos se hace la proporción, a no ser que fuera reducción de jornada por hijo que en ese caso es como si trabajaras las 40 horas y viene a ser lo mismo.
Por desgracia conozco todo lo que cuentas en este post. Pero una cuestión, el salario mínimo que pones es si el trabajo que tenías era a jornada completa o dependiendo de la base de cotización, porque yo en mi último trabajo estuve a media jornada y cobre bastante menos de lo que pones…
Por desgracia conozco todo lo que cuentas en este post. Pero una cuestión, el salario mínimo que pones es si el trabajo que tenías era a jornada completa o dependiendo de la base de cotización, porque yo en mi último trabajo estuve a media jornada y cobre bastante menos de lo que pones…
Eso es si has trabajado la jornada completa con independencia de la base de cotización si has trabajado menos horas se hace la parte proporcional, a no ser que la reducción de jornada fuera por guarda legal que en ese caso si cobrarías la jornada completa.
Eso no hay por acá, me jalo de los pelos!!! rsrsrs
yaaaa , es increíble pero aquí tal y como vamos a saber cuanto nos dura, eh?
Estupenda la información que señalas. ¡Muchas gracias!
Graciassss
Gracias por compartir esta información. Creo que es super útil en los momentos que vivimos.
Por desgracia es cierto que en los momentos que vivimos es muy útil.
Gracias por compartir esta información. Creo que es super útil en los momentos que vivimos.
Quiero añadir una puntualización que ya comenté en su momento en mi blog cuando me pasé. ¡¡¡NO OS OLVIDÉIS DE FICHAR!!! A mi se me fué la pinza y fui tres dias mas tarde del dia que me tocaba. Se puede hacer dos dias antes o hasta dos dias después yendo en persona te lo pueden arreglar en persona los empleados del Inem. Pero hay de ti si vas el tercer dia…Tu ficha se ha borrado automáticamente y te tienes que abrir una nueva. No pierdes toda la prestación pero TE QUITAN UN MES. Es decir, no es que te la resten al final sino que AL MES SIGUIENTE NO COBRAS…Ahí lo dejo para que no se os pase. Besitos.
Eso ya esta puesto como Importante y es el primer punto, está claro que si estas cobrando el paro no te puedes olvidar de renovar la tarjeta.
Genial la información, me hubiese venido súper cuando lo necesité hace algunos años. Como en mi país esto no se ve casi no entiendo cómo funciona el asunto. Está súper bien explicado todo. Muchas gracias, genial 🙂
Gracias Diana, es cierto que aquí nos quejamos a veces de que las prestaciones no llegan a todo el que las necesita pero en otros paises ni existen o si las hay son mínimas, esta muy bien que de vez en cuando gente que ahora no vive aquí nos lo recuerde. Gracias por tu comentario.
Tengo una prima que vive allá y quizás esta información le puede servir, acá la cosa es muy diferente por lo que veo, ventajas y desventajas, o unas por otras como decimos como en todo… gracias por compartir!