ÚLTIMA HORA: (Entrada actualizada a 24 de octubre) A partir del miércoles 26 de octubre, se pueden cobrar las ayudas extraordinarias a familias de Vigo para gastos de alojamiento, suministros y alimentación. Una novedad con respecto a años anteriores es la obligatoriedad de pedir cita previa en el 986810260, que viene siendo el 010, o via internet en el siguiente enlace: Cita previa si quieres saber si te han concedido la ayuda puedes verlo aquí:
Solicitudes concedidas (24/10/2016).
Solicitudes denegadas (24/10/2016).
Del 19 de mayo al 15 de Junio de 2016, los interesados podrán presentar las solicitudes, previa petición de cita llamando a los teléfonos 986810100 o al 010, en:
- Registro General del Concello de Vigo,
- UTS Coia, Quintela, 21
-
UTS Lavadores, Martínez Garrido nº 21, interior.
- Suministros: energía eléctrica y gas de viviendas situadas en el termino municipal de Vigo
- Alimentación (excepto bebidas alcohólicas).
- Gastos de alojamiento de la vivienda habitual, situada en el término municipal de Vigo:
- Gastos de alquiler cuando existan garantías de continuidad en la vivienda.
- Amortización de créditos hipotecarios de la vivienda habitual.
- Alojamientos provisionales (pensiones, hostales, etc.).
- Los requisitos que deberán cumplir los beneficiarios serán:
tabla:
- Fotocopia DNI o pasaporte del solicitante y mayores de 18 años. En el caso de extranjeros, tarjeta de residencia de familiar.
- Fotocopia del libro de familia completo o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar, con sus años de nacimiento.
- Fotocopia de la certificación del grado de discapacidad, si lo hubiera.
- Declaración del IRPF del último ejercicio de todos los miembros de la unidad de convivencia
- Certificados actualizados de vida laboral de todos los integrantes de la unidad de convivencia.
- De ser el caso, nóminas el mes de abril de 2016 de todos los miembros de la unidad de convivencia. En el caso de autónomos, última declaración trimestral de IVA.
- De ser el caso, certificado de pensiones de la Seguridad Social, subsidio de desempleo, RISGA o de cualquier otra prestación pública que se estuviera percibiendo en enero.
- De ser el caso, sentencia judicial de separación o divorcio y reclamación de pago de las pensiones debidas y no satisfechas.
- De ser el caso, contrato de alquiler o documentación justificativa de este o de otros gastos realizados en concepto de amortización de hipoteca de la vivienda habitual.
En la web del Concello: https://sede.vigo.org
menu_ayuda
Me encantaría que me mandase a mi móvil o correo electrónico las ayudas del concello de Vigo. Muchas gracias. Un saludo cordial.
Hola buenos dias me pueden dar cita para las ayudas porfavor