La Xunta de Galicia ha aprobado unas ayudas extraordinarias para los autónomos que vieron paralizada su actividad en 2021, esta nueva ayuda se dirigirá a personas trabajadoras por cuenta propia y microempresas con actividades económicas especialmente paralizadas la causa de la pandemia.

Ayudas de carácter extraordinario para personas autónomas y microempresas con actividades especialmente paralizadas por la COVID-19

Se entenderán como tales, aquellas que hayan detectado una caída de facturación de por lo menos el 65% en el año 2021 con respecto a 2019, quedando excluidas las actividades que contaron con ayudas específicas de diferentes departamentos de la Xunta como la hostelería, agencias de viajes, ocio nocturno, pesca, acuicultura o marisqueo y las actividades culturales como orquestas, entre otras.

Plazo de solicitud de la ayuda extraordinaria para autónomos 2022

El plazo de solicitud permanecerá abierto desde entre el 4 de mayo y hasta el 3 de junio y las peticiones deberán formalizarse a través de la Sede electrónica de la Xunta.

Beneficiarios de las ayudas extraordinarias para autónomos

  • Todas las personas trabajadoras autónomas de alta en el RETA como personas trabajadoras por cuenta propia, las comunidades de bienes o sociedades civiles, las microempresas y las personas mutualistas, , siempre que estén de alta o en situación asimilada.
  • También podrán ser beneficiarias las personas trabajadoras autónomas de temporada que estén de alta en el momento de la presentación de su solicitud y estuviesen de alta un mínimo de cuatro (4) meses y un máximo de nueve (9) meses en el año 2019.

Se considerará microempresa a efectos de esta ayuda aquella empresa que ocupa menos de diez personas trabajadoras y con un balance general anual inferior a dos millones de euros.

Quedan excluidas las actividades para las que se convocaron ayudas específicas en el contexto de la COVID-19 de las consellerías de la Xunta de Galicia competentes por razón de la materia, entre otras: hostelería, agencias de viaje, ocio nocturno, pesca, acuicultura y actividades culturales.

Cuantía de la ayuda económica para autónomos

El importe de las ayudas está en función de la facturación que se acredite en el año 2019 y conforme a la siguiente distribución:

  • Facturación superior a 30.000 euros: 12.000 euros
  • Facturación superior a 20.000 euros y hasta 30.000 euros: 8.000 euros
  • Facturación superior a 12.000 euros  y hasta 20.000 euros : 6.000 euros
  • Facturación superior a 8.000 euros y hasta 12.000 euros: 4.000 euros
  • Facturación superior a 5.000 euros y hasta 8.000 euros: 2.000 euros
  • Facturación igual o superior a 4.000 euros y hasta 5.000 euros: 1.000 euros

    Para las personas autónomas de temporada, los importes de la ayuda serán el 50 % de las cuantías indicadas.

Requisitos para los beneficiarios de las ayudas extraordinarias para autónomos

  • Estar de alta o situación asimilada en el régimen de la Seguridad Social correspondiente (en el RETA, o en la mutualidad correspondente) o que es una persona autónoma de temporada que está de alta en el momento de la solicitud.
  • Mantener el alta en la actividad durante seis meses desde la publicación de la orden el Diario Oficial de Galicia.
  • Tener el domicilio fiscal en Galicia
  • Que tuviesen una alta anterior a 1 de enero de 2019, no necesario para los trabajadores autónomos de temporada.
  • Que acrediten una bajada de facturación de, por lo menos, el 65 % en el año 2021 respecto del año 2019.
  • Haber tenido una facturación mínima de 4.000 euros en el año 2019
  • Únicamente se puede presentar una solicitud por persona física o jurídica.

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