Ayuda consistente en una cantidad para contribuir al pago del material escolar. Se incluye como material escolar, además de lo obvio, chandal, tablet, mochila y zapatillas deportivas.
Las personas beneficiarias del vale para la adquisición de material escolar podrán usarlo en el correspondiente establecimiento hasta el día 30 de noviembre de 2015 (éste incluido).
No podrá solicitar nuevamente esta ayuda el alumnado que se hubiera acogido a las ayudas para la adquisición de material escolar reguladas por la Orden de 25 de agosto de 2015 y reuniese los requisitos establecidos en ella, por ser válida la anterior solicitud.
El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días hábiles contados a partir de mañana miércoles, 11 de noviembre, al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Las familias deberán presentar en el centro docente donde está matriculado el alumno, original y copia de la siguiente documentación:
- Copia del DNI o NIE de los miembros computables en la unidad familiar, cuando no autoricen la consulta telemática.
- Copia del libro de familia donde figuren todos los miembros computables de la unidad familiar. Solo en el caso de no tener libro de familia o si la situación familiar, a día 31 de diciembre de 2013, no coincide con l reflejada en el libro, tendrá que presentarse documento o documentos acreditativos del número de miembros de la unidad familiar, tales como:
- Sentencia judicial de separación o divorcio o convenio regulador donde conste la custodia del alumno.
- Certificado o volante de convivencia.
- Informe de los servicios sociales u órgano equivalente del concello de residencia que acredite la situación familiar.
- Declaración de la Renta del año 2013
- En el caso de discapacidad igual o superior al 33 % de algún miembro de la unidad familiar, documentos que acrediten esta circunstancia a 31 de diciembre de 2013.
- En el caso de situación de violencia de género en el ámbito familiar: documentación acreditativa.