A partir de mañana, 20 de abril de 2022, dejará de ser obligatorio el uso de mascarilla en la mayoría de los sitios, sin embargo la Xunta de Galicia recomienda que se mantenga el uso de mascarilla en las aulas. De hecho en distintos centros de nuestra provincia hoy se ha informado a los niños y a las familias que se seguirá usando la mascarillas, ya que las clases son espacios en los que suele haber contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros y a veces la ventilación no es adecuada. Se hace por respeto a los más vulnerables y por la incertidumbre de los casos positivos, ya no se hacen pruebas a menores de 60, la Xunta ha destacado que recomienda el uso de la mascarilla por responsabilidad.

Por otro lado el Real Decreto que saldrá publicado en el BOE y entrará en vigor el mismo día de su publicación, el 20 de abril, establecerá los ámbitos en los que la mascarilla continuará siendo obligatoria.

Recomendaciones a nivel estatal del uso de la mascarilla

No obstante, según el Consejo de Ministros, se  recomienda el uso de las mascarilla:

  • Para las personas con una mayor vulnerabilidad ante la infección por la COVID-19 en cualquier situación en la que se tenga contacto prolongado con personas a distancia menor de 1,5 metros.
  •  En los eventos multitudinarios.
  • En el entorno familiar y en reuniones o celebraciones privadas, se recomienda un uso responsable en función de la vulnerabilidad de los participantes.

Uso de mascarillas en el trabajo

En el entorno laboral, con carácter general, no resultará preceptivo el uso de mascarillas. No obstante, los responsables en materia de prevención de riesgos laborales, de acuerdo con la correspondiente evaluación de riesgos del puesto de trabajo, podrán determinar las medidas preventivas adecuadas que deban implantarse en el lugar de trabajo o en determinados espacios de los centros de trabajo, incluido el posible uso de mascarillas, si así se derivara de la referida evaluación.

Obligatoriedad del uso de mascarilla a nivel estatal

  • En primer lugar, en los centros, servicios y establecimientos sanitarios, deberán utilizar mascarilla los trabajadores, visitantes y pacientes con excepción de las personas ingresadas cuando permanezcan en su habitación.
  • En segundo lugar, debe atenderse a la situación específica de los centros socio-sanitarios y, en particular, las residencias de mayores. En estos centros los trabajadores, y los visitantes cuando estén en zonas compartidas deberán utilizar la mascarilla.
  • En los medios de transporte aéreo, por ferrocarril o por cable y en los autobuses, así como en los transportes públicos de viajeros. En los espacios cerrados de buques y embarcaciones en los que no sea posible mantener la distancia de 1,5 metros, salvo en los camarotes, cuando sean compartidos por núcleos de convivientes.

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