Si hace unas semanas hablábamos de las ayudas de material escolar y comedor del Concello de Vigo hoy vamos a hablar de la ayuda para libros y material escolar de la Xunta de Galicia.
AYUDA PARA LIBROS Y MATERIAL ESCOLAR GALICIA
En concreto son varias ayudas, según el curso en el que esté el alumno se puede pedir una u otra.
¿QUÉ AYUDA PUEDO SOLICITAR?
Según el curso que vayan a cursar los alumnos el próximo curso podrán solicitar unas ayudas u otras, he tratado de resumirlo con este gráfico y a continuación específico:

¿QUÉ ES EL FONDO SOLIDARIO?
Conocido como el préstamo de libros, consiste en la asignación de libros de texto correspondientes a los cursos 3º, 4º, 5º y 6º de Educación Primaria y todos los cursos de la ESO, que estén disponibles en el fondo solidario del centro, se efectuará por orden inverso a la renta per cápita, de manera que se garantizan un mínimo de 6 libros al alumnado con renta igual o inferior a 6.000 euros y un mínimo de 4 libros para rentas superiores a 6.000 euros e igual o inferior a 10.000 euros.
¿QUÉ ES LA AYUDA DE LIBROS?
Para los alumnos de 1º y 2º de Educación Primaria y Educación Especial se otorgará una ayuda económica para la adquisición de libros basada en su renta. La renta del curso pasado fue la siguiente:
- Para el alumnado con renta per cápita familiar igual o inferior a 6.000 euros:
- Educación Primaria (1º y 2º): 240 euros.
- Para el alumnado con renta per cápita familiar superior a 6.000 euros y igual o inferior a 10.000 euros:
- Educación Primaria (1º y 2º): 160 euros.
- Para el alumnado de Educación Especial y discapacidad igual o superior al 65% serán 300 euros de ayuda independientemente de su renta per cápita.
¿QUÉ ES EL CHEQUE PARA MATERIAL ESCOLAR?
Ayuda consistente en una cantidad para contribuir al pago del material escolar. El curso pasado se incluyó como material escolar, además de lo obvio, chandal, tablet, mochila y zapatillas deportivas.
- Para el alumnado con renta per cápita familiar inferior a 6.000 euros: 75 euros
- Para el alumnado con renta per cápita familiar entre 6.000 y 10.000 euros: 60 euros
Resumen de Rentas:
¿ QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR LAS AYUDAS?
Los alumnos matriculados en los centros y cursos incluidos en el proyecto educación digital (E-DIXGAL) en el curso 2025/26 están excluidos de la participación en el fondo solidario y en las ayudas para libros de texto. Sin embargo, podrán solicitar la ayuda para adquirir material escolar cuando reúna los requisitos establecidos.
¿CÓMO SE CALCULA LA RENTA FAMILIA?
La renta per cápita familiar es resultado de dividir la renta de la unidad familiar del ejercicio fiscal 2023 entre el número de miembros computables, teniendo en cuenta que computarán por dos los miembros que acrediten una discapacidad igual o superior al 33 % o la percepción de una pensión de la Seguridad Social por incapacidad permanente en los grados de total, absoluta o gran invalidez, o equivalente de clases pasivas.
La renta de la unidad familiar será el resultado de sumar las rentas de cada uno de los miembros computables de la familia que obtengan ingresos de cualquiera naturaleza.
Si se presentó la renta , se suma el recuadro 432 y el 460.
SOLICITUD
- La fecha de presentación de solicitudes es de 16 de mayo al 2o de 2025 (inclusive).
- Las solicitudes deberán presentarse preferentemente por vía electrónica, en este enlace
- Opcionalmente, las solicitudes podrán presentarse presencialmente en los centros docentes o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. Para ellos deberás rellenas la solicitud y cubrir los Anexos I y II de la orden de convocatoria y presentarlos en el centro educativo.
- Los estudiantes que no sean admitidos o no sepan a qué escuela asistirán en el año escolar 2025-2026 deberán presentar su solicitud en la escuela donde estén inscritos en el año escolar 2024-2025.
- La solicitud será única para todos los hijos e hijas y, en su caso, tutelados y pupilos, que sean admitidos en un mismo centro educativo para el curso académico 2025/26, y en ella se especificará el nivel de estudios que cada uno de ellos prevé cursar en dicho curso académico. Si fueron admitidos en diferentes centros educativos, se presentará una solicitud a cada uno de los centros, en la que se incluirán los admitidos en dicho centro para el curso académico 2025/26. En el caso de que la solicitud se tramite telemáticamente a través de la aplicación Fondolibros, será necesario presentar una solicitud por cada alumno, incluso aunque estén matriculados en el mismo centro educativo.
DOCUMENTACIÓN
- Los interesados deberán presentar junto con la solicitud la siguiente documentación (Anexo I )
- Anexo II
- Copia del libro de familia o documento equivalente, donde consten el nombre del estudiante y los demás miembros elegibles de la unidad familiar.
- En caso de separación o divorcio, deberán aportar también la sentencia judicial y/o convenio regulador que conste la atribución de la guarda y custodia del menor.
Para la tramitación de este procedimiento, se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos obrantes en la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, salvo que los interesados se opongan a su consulta:
- DNI o NIE del solicitante y del resto de miembros elegibles de la unidad familiar.
- DNI o NIE de la persona que representa al solicitante.
También se consultarán los siguientes datos cuando el interesado manifieste en la solicitud que le concierne la circunstancia acreditada mediante el documento correspondiente:
- Certificado de discapacidad del solicitante y del resto de miembros elegibles de la unidad familiar expedido por la Administración autonómica, en su caso.
- Percepción de una pensión por incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez, o de una pensión de clases pasivas por jubilación o baja por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad (equivalente a una invalidez igual o superior al 33%), del solicitante y del resto de miembros elegibles de la unidad familiar, en su caso.
- Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o, en su defecto, certificado fiscal de imputaciones del solicitante y del resto de miembros computables de la unidad familiar correspondiente al ejercicio 2023.
Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia haga imposible la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a los interesados la presentación de los documentos correspondientes.
Más información: