El Diario Oficial de Galicia publica hoy las bases del programa de ayudas para estancias de tiempo libre dirigido a mujeres solas con responsabilidades familiares no compartidas, tendrán preferencia las víctimas de violencia de género y las madres con discapacidad.



La Xunta busca con estas ayudas que las madres que ejercen la maternidad en exclusiva cuenten con un tiempo de vacaciones, desligado de su situación habitual y que puedan intercambiar experiencias con otras madres. Además mediante la convivencia con sus hijos en vacaciones se pretende reforzar el vínculo materno-filial en un espacio de seguridad y ajeno a las rutinas.

Duración de la estancia 

Habrá 90 plazas para estancias de 7 a 9 días en diferentes destinos turísticos, en régimen de pensión completa.

¿ Qué incluye?

Se incluye pensión completa, los traslados desde sus lugares de residencia y el acompañamiento de monitores de tiempo libre con formación en igualdad de género y actividades complementarias.

Requisitos para participar

Como requisitos principales, las beneficiarias deberán:

  • Tener hijos o menores en acogida de entre 2 y 12 años exclusivamente a su cargo.
  • Deben acreditar la no convivencia con pareja afectiva.
  • Tener residencia en alguno de los ayuntamientos gallegos.
  • La media de los ingresos brutos mensuales de la solicitante no puede superar el límite  de 1,5 veces el IPREM vigente en los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud.
  • En el caso de las mujeres extranjeras, será necesario tener permiso de residencia y de trabajo.

El programa otorga mayor puntuación a las víctimas de violencia de género y a las  mujeres con discapacidad.

Documentación:

 Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

  • Copia del libro de familia, certificación expedida por el Registro Civil o cualquier otro documento que acredite fidedignamente la relación materno-filial.
  • Informe social, sentencia judicial de custodia o cualquier otro documento que acredite que los hijos están exclusivamente a su cargo.
  • En los casos de menores en acogida, a cargo, deberá presentar copia de la resolución judicial acreditativa de dicha situación o de la resolución administrativa acreditativa de dicha situación, si no fuese expedida por la Xunta de Galicia.
  • Copia de la certificación acreditativa de la discapacidad de la persona solicitante o de sus hijos menores o menores en acogida, a cargo, cando no fuese expedida por la Xunta de Galicia.
  • Documentación que justifique los ingresos de la solicitante.
  • Documentación acreditativa de la condición de víctima de violencia de género.
  • Informe del centro de acogida para víctimas de violencia de género, de ser el caso.
  • Informe médico del Sergas, referido tanto a las mujeres como a sus hijos menores o menores en acogida que las vayan acompañar, en el que conste que no padecen ninguna enfermedad que requiera aislamiento o impida la normal convivencia.

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