Con la puesta a la venta de las entradas de los conciertos de Castrelos muchos padres me habéis escrito para preguntar cómo hacer cuando van a ir niños a los conciertos no infantiles, así que voy a intentar responder a todas las preguntas.

¿ Los niños pagan en los conciertos de Castrelos?
 
Los espectáculos específicos para niños son gratuitos y se da por supuesto que van a ir acompañados de un adulto responsable. La duda surge con los conciertos destinados al público en general y en los que hay que comprar una entrada, si se quiere estar en la parte de abajo del Auditorio de Castrelos, si se quiere estar en las gradas es gratuito.
 
Tanto niños como adultos deben adquirir la entrada en los conciertos de pago .
 
¿ Los niños deben ir acompañados de sus padres?
  • Los menores de 16 años deberán presentar junto con la entrada, la autorización firmada por la madre, padre o tutor legal.
  • Los menores de 16 años además deberán estar acompañados en todo momento por la madre, padre o tutor legal .
  • Los menores de 16 años  en el momento de la entrada deberá mostrarse dni y o libro de familia o documento que justifica la tutela legal.
  • Los menores de 16 años podrán ir acompañados de un adulto responsable. En este caso, junto con la entrada, deberá llevar la autorización firmada por la madre, padre o tutor legal.
  • Un adulto/a responsable podrá acceder al recinto con un máximo de 4 menores, de los que tendrá que hacerse cargo en todo momento.
¿ Los jóvenes de 16 a 18 años pueden ir solos al concierto? 
  • Los jóvenes entre 16 y  18 años deberán presentar junto con la entrada, la autorización firmada por la madre, padre o tutor legal. Recordad que se puede pedir DNI o documentación.

¿ Dónde vienen recogidas las normas de acceso a espectáculos?

Todo esto, además de avisarlo cuando se compran las entradas, viene recogido en el artículo 61 del Decreto 2816/1982 de 27 de agosto, os lo pongo a continuación:

Salvo en los casos de fiestas, verbenas o atracciones populares, queda terminantemente prohibido el acceso a todo establecimiento público o local de espectáculos o recreos públicos, durante las horas nocturnas a los menores de dieciséis años que no vayan acompañados de personas mayores responsables de su seguridad y moralidad, aunque el espectáculo o actividad fuese apto para ellos.

¿ Qué te ha parecido esta información?, ¿ la conocías? Si crees que puede ser de interés para otros padres por favor comparte.