El Gobierno de España ha aprobado un Real Decreto que activa un proceso de regularización migratoria extraordinaria para personas extranjeras que ya residen en el país. Esta medida permitirá obtener una autorización de residencia y trabajo durante un año, válida en todo el territorio nacional y en cualquier sector.
Se trata de una iniciativa clave dentro del Plan de Integración y Convivencia Intercultural, con el que se busca reforzar una política migratoria basada en derechos humanos, integración social y crecimiento económico.
¿Qué es la regularización migratoria extraordinaria?
La regularización extraordinaria es un procedimiento excepcional que permite a personas migrantes en situación irregular o con solicitudes de protección internacional acceder a una autorización legal de residencia y trabajo en España.
Este permiso facilita la integración social y laboral, garantizando derechos básicos como el acceso al empleo y a la sanidad.
Plazos: ¿ cuándo se puede solicitar?

El proceso ya está en marcha:
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Inicio del plazo: 16 de abril de 2026 para la solicitud telemática y 20 de abril para la solicitud presencial.
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Fin del plazo: 30 de junio de 2026
Durante este periodo, se podrá solicitar tanto por vía telemática como presencial (con cita previa).
¿Quién puede acceder?
Podrán beneficiarse las personas extranjeras que se encuentren en alguna de estas situaciones:
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Haber solicitado Protección Internacional antes del 1 de enero de 2026
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Estar en situación administrativa irregular y haber llegado a España antes del 1 de enero de 2026
Requisitos para la regularización
El Real Decreto establece dos condiciones principales:
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Acreditar permanencia en España antes del 1 de enero de 2026 y demostrar una estancia continuada de al menos cinco meses
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No tener antecedentes penales ni suponer un riesgo para el orden público, la seguridad o la salud pública
Además, quienes no sean solicitantes de protección internacional deberán justificar uno de estos supuestos:
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Haber trabajado en España (por cuenta propia o ajena)
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Tener unidad familiar con menores o personas dependientes
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Encontrarse en situación de vulnerabilidad acreditada por servicios sociales o entidades autorizadas.
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad, que se acreditará a través de un certificado que se podrá descargar desde la web de la Regularización. Este debe estar acreditado y sellado por las autoridades competentes (Entidades inscritas en el RECEX o servicios sociales).
Cómo presentar la solicitud
Existen dos vías:
Vía telemática (disponible 24/7)
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Con certificado digital
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A través de personas apoderadas inscritas en el Registro Electrónico de Apoderamientos.
- Mediante abogados, gestores o graduados sociales
- Con entidades del Registro de Colaboradores de Extranjería. Estas ofrecerán asesoramiento gratuito y pueden actuar en calidad de representantes.
La solicitud se realiza en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
Vía presencial (con cita previa)
Se puede presentar en:
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Oficinas de la Seguridad Social (16:00 a 19:00)
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Oficinas de Extranjería (16:00 a 19:00)
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Correos (08:30 a 17:30)
También se pueden agrupar solicitudes de una misma unidad familiar en una sola cita.
Cómo pedir cita previa
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A través del portal oficial con sistema Cl@ve
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Mediante formulario web (asignación automática)
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Llamando al teléfono 060
Documentación necesaria
Los solicitantes deberán aportar:
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Formulario oficial de solicitud
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Documento de identidad (pasaporte o equivalente)
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Pruebas de estancia en España antes del 1 de enero de 2026
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Justificación de permanencia durante los últimos cinco meses
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Certificados de antecedentes penales
Todos los documentos deben ser nominativos y fechados.
¿Se puede trabajar con este permiso?
Sí. Desde el inicio del procedimiento, se autoriza a trabajar en cualquier sector y en todo el país.
Además:
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Se asigna un Número de Seguridad Social (NUSS)
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Se reconoce el derecho a asistencia sanitaria
El permiso tiene una duración inicial de un año, tras el cual se deberá acceder a las vías ordinarias de extranjería.
¿Es válido en la Unión Europea?
No. Este permiso solo permite residir y trabajar en España, no en otros países de la UE.
¿Quién queda fuera de este proceso?
No podrán acceder:
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Personas con permisos en vigor o en renovación
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Beneficiarios de protección por el conflicto de Ucrania
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Personas apátridas
Información y contacto
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Teléfono: 060 (de lunes a viernes)
- Si eres de Vigo, todos los lunes de 1:00 a 20:00 en los locales parroquiales de Cristo da Vitoria, calle Baiona, 9, en el barrio de Coia atienden dudas y ayudan con las solicitudes, podéis pedir cita en el mail regularizacioncoia@gmail.com










