La Consellería de Economía e Industria ha abierto el plazo para solicitar la ayuda para pagar la factura eléctrica. El tícket gallego irá destinado a aquellas familias gallegas con hijos menores o discapacitados a su cargo y cuyos ingresos no superen en 1,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples, (IPREM).
Las ayudas tendrá una duración de un año, pudiendo solicitarse los apoyos en esta ocasión para las facturas correspondientes cuyo período de lectura esté comprendido entre el 1 de julio de 2016 y el 30 de junio de 2017.
BENEFICIARIOS
- Podrán solicitar esta ayuda las personas residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia que tengan a su cargo hijos menores de 18 años y un gasto derivado de suministro eléctrico en su vivienda habitual. Los requisitos que deben cumplir los beneficiarios de la ayuda son:
- Ser residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.
- Tener hijos menores a cargo o discapacitados con un grado de discapacidad igual o mayor al 33 %.
- Ser el pagador de la correspondiente factura de energía eléctrica.
- Que los ingresos totales de la unidad de convivencia no superen 1,5 veces el IPREM. (9.585,19 ?/año) La determinación de los miembros de la unidad de convivencia se realizara atendiendo a la situación existente en el momento de la solicitud. Se tomara el importe de los ingresos totales de la unidad de convivencia, que será el resultado de la suma de las rentas del ejercicio 2015 de cada uno de los miembros de la unidad de convivencia.
- Solo podrá presentarse una única solicitud por unidad de convivencia.
PLAZO
Los interesados podrán solicitar estos apoyos a partir del 17 de enero de 2017 y finalizará el 15 de julio de 2017. En el supuesto que se agotara el crédito, el órgano concedente acordará la inadmisión de solicitudes y publicará tal circunstancia en el DOG y en la página web de la Consejería.
DOCUMENTACIÓN
- Documento de identidad en vigor de la persona solicitante, y del resto de las personas integrantes de la unidad de convivencia, o autorización para la consulta de datos por parte de la Xunta de Galicia.
- Declaración de IRPF o, si es el caso, certificado emitido por la Agencia Tributaria relativos al año 2014 de todos los miembros con ingresos que componen la unidad de convivencia, o autorización a la Consellería de Economía, Empleo e Industria para obtener de la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT)
- En su caso, autorización a los funcionarios correspondientes para la presentación electrónica de la solicitud y de la documentación relativa al tique eléctrico social de Galicia
(anexo IV) - Facturas de electricidad de la vivienda que es residencia habitual del solicitante de la ayuda, y justificantes de pago.
- Certificado o volante de convivencia/empadronamiento donde figuren todas las personas que conviven en el mismo domicilio.
- Título de familia numerosa en el caso en que dicho título no fuese expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia, o en el caso en que sí fuese expedido por la Xunta de Galicia y el solicitante no autorice su consulta.
- De ser el caso, certificado de discapacidad de algún miembro de la unidad de convivencia, con grado de discapacidad mayor o igual al 33 %, en el caso en que dicho certificado no fuese expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia, o en el caso en que sí fuese expedido por la Xunta de Galicia y el solicitante no autorice su consulta
CUANTÍA
- La cuantía varía 180 € al año para las unidades de convivencia que cumplan los requisitos, y de 300 € al año para las que acrediten ser además familia numerosa.
FORMA
La presentación de solicitudes se hará por vía telemática a través de la dirección: https://ticketelectrico.xunta.es. Además, el interesado podrá dirigirse a las oficinas de cualquiera de las jefaturas territoriales de la Consellería de Economía e Industria, así como a la Dirección General de Energía y Minas, y a los Ayuntamientos, para que le tramiten la solicitud.Para más información podéis consultar el doga Orden del 22 de diciembre de 2016