Ayudas del Concello de Vigo para comedor y material escolar
Las ayudas de comedor y material escolar del Concello de Vigo son las más esperadas por los padres de este ayuntamiento, a menudo las reciben con alegría y un poco de lío.
Con el fin de facilitar las cosas a las familias con niños en colegios de Vigo hemos intentado hacer un resumen con lo que hay que tener en cuenta, espero os sirva de ayuda.
- El plazo será del 25 de junio al 22 de julio.
- Las solicitudes se presentarán, con cita previa, en el Registro del Concello, a través del teléfono 986 810 260, o al 010 estos teléfonos últimamente están saturados así que mejor solicitar cita previa de forma online, podéis hacerlo desde este enlace.
- Alumnos matriculados en el curso 2020-2021, en centros públicos o concertados en los niveles:
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- Educación Infantil (2ª etapa) 3 a 5 años. Para ellos es también la ayuda de material escolar y libros, aparte la del comedor. 85 euros por alumno. Por material escolar entendemos también mandilón, chándal, zapatillas deportivas, material informático y material fungible, mochila,
uniforme, etc.). - Educación Primaria (1º a 6º) 6 a 12 años. Pueden pedir sólo la del comedor, la de libros sería la Ayuda libros y material escolar de la Xunta de Galicia
- Educación Secundaria Obrigatoria (1º a 4º) 12 a 16 años. Pueden pedir sólo la del comedor, si el centro tiene esa opción, la de libros sería la Ayuda libros y material escolar de la Xunta de Galicia
- Educación Infantil (2ª etapa) 3 a 5 años. Para ellos es también la ayuda de material escolar y libros, aparte la del comedor. 85 euros por alumno. Por material escolar entendemos también mandilón, chándal, zapatillas deportivas, material informático y material fungible, mochila,
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- La unidad familiar de convivencia deberá estar empadronada en la misma dirección en el Concello de Vigo.
- Convivir con los alumnos para los que se solicitan las ayudas.
- Con respecto a la ayuda de comedor, se debe contar con plaza de comedor en el centro.
- Que los alumnos para los que se solicitan las ayudas estén matriculados o tengan reserva de matrícula en centros públicos o con concierto, en segunda etapa de Educación Infantil, Educación Primaria y Educación Secundaria Obligatoria.
- Presentar la solicitud y el resto de la documentación necesaria durante los plazos estipulados.
- Que la capacidad económica de la unidad familiar de convivencia no exceda el 75% del IPREM, que equivale al 100% del subsidio básico de la RISGA, equivalente a 4.840,56 € anuales.
- Que los centros educativos para los que se solicita la ayuda estén situados en el termino municipal de Vigo.
Hay que tener en cuenta una seria de cuestiones a la hora de calcular la capacidad económica de la unidad familiar:
- En el caso de no existir datos de los ingresos de la unidad familiar, se computará como mínimo familiar el equivalente al subsidio básico de la RISGA (4.840,56 €/anuais).
- Para estos efectos, se considerará que la capacidad económica será el resultado de deducir de los ingresos netos los gastos justificados en concepto de alquiler o amortización de hipoteca de la vivienda habitual, hasta un máximo de 500€/mes, dividido por el número de miembros que integran la unidad familiar.
- En los casos en que la capacidad económica de la unidad familiar hubiese experimentado un cambio notable en relación con la que consta en la declaración del IRPF del último ejercicio, los interesados tendrán que manifestar esta circunstancia y acreditar la nueva situación económica aportando la documentación justificativa correspondiente al primer trimestre del año 2020
- La formada por los cónyuges y sus descendientes, que convivan habitualmente.
- En los casos de separación legal, viudez, familia monoparental o unión de hecho sin vínculo matrimonial, la formada por los respectivos titulares con sus descendientes, que convivan habitualmente.
- La formada por el posible beneficiario y sus acogedores de hecho o derecho, que convivan habitualmente.
- La separación transitoria motivada por razones de estudio, trabajo, tratamiento médico u otras causas semejantes no rompen la convivencia para estos efectos.
- Fotocopia del DNI, NIE o pasaporte del solicitante y de los miembros mayores de 18 años, siempre que no consten en la base de datos del Departamento de Bienestar Social.
- Fotocopia del libro de familia completo o documentación oficial acreditativa de los miembros de la unidad familiar, con fechas de nacimiento, siempre que no consten en la base de datos del Departamento de Bienestar Social.
- Fotocopia de la certificación de discapacidad en el caso de que algún miembro de la familia este afectado por ella.
- En el caso de trabajadores autónomos se entregara declaración de IVA del último trimestre.
- De ser el caso, sentencia judicial de separación o divorcio y reclamación de pago de las pensiones debidas en virtud de la misma y no satisfechas.
- En el supuesto de resultar beneficiario de las ayudas de libros y material escolar de educación infantil (2ª etapa), en el momento de recibir el talón presentará factura original
- De ser el caso, contrato de alquiler y justificante de pago mensual actualizado de los meses de marzo y abril de 2020). Excepcionalmente en ausencia de contrato escrito, podrá acreditarse mediante justificantes de las transferencias bancarias de alquiler de los dos meses anteriores a esta convocatoria.
- De ser el caso, documentación justificativa de los gastos realizados en concepto de amortización de hipoteca de la vivienda habitual en la que conste concepto, mensualidad, importe e identificación de la vivienda hipotecada. Se presentarán las de los meses de abril y mayo del 2020
- Sólo en el caso de que no autorice a su consulta:
- Declaración de IRPF del último ejercicio de todos los miembros de la unidad familiar
- Certificado anual de los ingresos percibidos durante el 2019 de todos los integrantes de la unidad familiar de convivencia mayores de 18 años)
- De ser el caso, certificado de pensiones de la Seguridad Social, subsidio de desempleo, RISGA o de cualquiera otra prestación pública que este percibiendo cualquiera de los miembros de la unidad familiar de convivencia.
- Cualquier otra documentación que justificadamente sea requerida por el Departamento de Bienestar social para poder tramitar, valorar y resolver las solicitudes de ayudas.
- Convocatoria 29 de mayo 2020
- Convocatoria
- Anexo I: Impreso de solicitud
- Anexo II: Modelo de declaración responsable (contratos verbales)
- Anexo III: Justificante hipoteca de la entidad bancaria
Y como siempre te digo, si crees que esta información puede ser de interés para otras familias, por favor comparte.
Y ayuda
hola que tal, gracias por la información, sabes como puedo obtener el enlace del formato para rellenar la solicitud? en el enlace de convocatoria solo aparece las bases reguladores y ya, muchas gracias un saludo
Todavía no está abierto el plazo, cuando lo esté pondremos todos los enlaces en el artículo
Hola, yo tengo la misma pregunta que Priscila Blanco.
Como saber si salió la ayuda para mi? Me enviarán una carta o correo?
Normalmente te mandan un mensaje al móvil o te avisan del cole.
cuando aproximadamente suelen dar respuesta? y cuanto es la ayuda de comedor que ellos otorgan?
Buenas tardes, como me puedo enterar si mi hija le fue concedida la beca del comedor.
Hola sabes si de la ayuda de educacion infantil la de material escolar puedo comprar una tablet a mi hija? eso lo cubre como material informatico? gracias
Si no tienen libros de texto y trabaja con libro electrónico sí lo cubre, en otros casos tengo dudas, es cuestión de preguntar.