Ha pasado una semana desde que es obligatoria la comunicación de la llegada a Galicia de todas las personas, ya sean turistas o residentes habituales, que hayan estado, durante los últimos catorce días naturales , en territorios con una alta alta incidencia de COVID-19, para ellos tendrán un plazo máximo de 24 horas para hacerlo.

Este listado se irá actualizando como mucho cada 15 días, pero ya en esta primera semana se ha renovado. Si cuando salió el listado de zonas de riesgo nos pareció extraño que Madrid no estuviera incluida, esta semana tenemos que decir que ya aparece y desaparece de la lista La Rioja. 

Por otro lado los que lleguen de Portugal tampoco tendrán que anotarse en la lista, algo que ya nos temíamos pues gran parte de esos registros han sido de gallegos que iban a la feria o de compras a Portugal o incluso a trabajar.

Cómo hacer el registro de viajeros

Para tal fin, deberemos cubrir el formulario disponible en la dirección https://coronavirus.sergas.gal/viaxeiros o bien llamando al teléfono 881 00 20 21. 

Los que no lo hagan se arriesgan a  multas que van desde los 600 euros en adelante.

Las comunidades autónomas con alto riesgo son  Aragón, Cataluña, Navarra, País Vasco y Madrid

Listado de países por Continentes:

Las zonas serán objeto de actualización en un plazo máximo de 15 días naturales.

  • Cualquier país del continente africano.
  • En los siguientes territorios del continente americano: Argentina, Bahamas, Bolivia, Brasil, Chile, Colombia, Costa Rica, República Dominicana, Ecuador, El Salvador, Guatemala, Honduras, México, Montserrat, Panamá, Paraguay, Perú, Porto Rico, San Vicente y Las Granadinas, St Martin, Surinam, Islas Tortuga, Estados Unidos, Islas Virgenes, Venezuela, Haití, Jamaica y Nicaragua.
  • En los siguientes territorios de Asia: Bahrein, Bangladesh, India, Irán, Iraq, Israel, Kazakstán, Kuwait, Kyrguistán, Líbano, Maldivas, Omán, Palestina, Filipinas, Qatar, Arabia Saudí, Singapur, Emiratos Árabes, Uzbequistán, Afganistán, Bután, Brunei, Camboya, Indonesia, Laos, Mongolia, Myanmar, Nepal, Paquistán, Siria, Tailandia y Vietnam.
  • En los siguientes territorios de Europa: Albania, Andorra, Armenia, Austria, , Acerbayán, Bielorrusia, Bélgica, Bosnia-Herzegovina, Bulgaria, Croacia, República Checa, Kosovo, Luxemburgo, Moldavia, Mónaco, Montenegro, Macedonia del Norte, Rumanía, Rusia, Serbia, Suecia y Ucrania.

Más información

Esta medida será de aplicación a partir de la publicación en el DOGA, de momento nos regimos por el anterior que es del 28 de julio, se espera que a lo largo de la tarde de hoy se publiqué el nuevo DOGA y entraría en vigor mañana.

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