En menos de un mes en teoría parece que empieza el cole, será un curso escolar lleno de dudas y  miedos y es por ello que muchas familias están luchando por la enseñanza virtual, no como una opción única sino voluntaria y combinada con la enseñanza presencial para así bajar el ratio de las clases. Lo que está claro es que a estas alturas poco sabemos de la vuelta a las aulas y lo que sabemos no nos ofrece ninguna tranquilidad, por lo que muchos padres me habéis pedido que escriba un artículo sobre el Homeschooling y el Cidead.

Homeschooling en España

El Homeschooling es el termino que se utiliza para la «educación en casa», cada vez son más las familias que optan por este sistema desencantadas con el sistema tradicional de enseñanza. En España, al  contrario de la mayoría de los países de Europa, no está regulado, dicen que hay un vacío legal pero lo cierto es que no parece que a los políticos les interese este tema, sí existe esta opción en los países vecinos como Francia, Portugal, Italia…aquí ni existe ni a corto plazo está prevista, a pesar de que en nuestro país se calcula que hay más de 4.000 familias haciendo homeschooling y se espera que en los próximos años el número crezca.

Educación a distancia en España

Aunque el homeschooling es como si en España no existiera sí existe la posibilidad de educación a distancia, siempre que entres dentro de unos supuestos.

Legislación sobre la educación a distancia en España

Vamos a ver la legislación que tenemos en España.

  • La Ley Orgánica de Protección Jurídica del Menor dice que es obligatoria la escolarización de los menores desde los 6 hasta los 16 años.
  • Por otro lado, el artículo 154, 1º del Código Civil establece “la patria potestad, como responsabilidad parental, se ejercerá siempre en interés de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a sus derechos, su integridad física y mental”, y añade “esta función comprende los siguientes deberes y facultades: Velar por ellos, tenerlos en su compañía, alimentarlos, educarlos y procurarles una formación integral”.
  • El artículo 15 de la Constitución señala el derecho a la vida y a la integridad física, como un derecho también fundamental de toda persona. 
  • El artículo 3 de la Convención sobre los derechos del niño, de 1989, establece que todas las medidas concernientes a los niños que tomen las autoridades administrativas deberán atender como consideración primordial al interés superior del menor. Así mismo, se debe asegurar al menor la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, y con este fin, tomar las medidas administrativas adecuadas.

Con estas normas en la mano muchas familias se plantean la educación en casa o a distancia, aunque no es tan fácil sí existen formas, la más común es a través del Centro de educación a distancia del Ministerio de Educación CIDEAD, (Centro  para la Innovación y el Desarrollo de la Educación A Distancia). Por supuesto esto está regulado y además es enseñanza pública y gratuita, siempre que cumplas alguno de los tres casos que se especifican. 

Qué estudios se pueden cursar en CIDEAD

Partimos de la base de que la educación obligatoria es de 6 a 16 años.

  • Educación Primaria: con carácter general, alumnos entre 6 y 12 años de edad.
  • ESO: con carácter general, alumnos entre 12 y 16 años de edad.
  • ESPAD: alumnos mayores de 18 años o que los cumplan en el año que comienza el curso. Excepcionalmente, los mayores de 16 años que tengan contrato laboral o sean deportistas de alto nivel o alto rendimiento.
  • Bachillerato: alumnos que estén en posesión las siguientes titulaciones o estudios previos: Graduado en ESO, Resolución de convalidación de estudios extranjeros equivalentes al Graduado en ESO, Técnico (FP de Grado Medio), Técnico de Artes Plásticas, Técnico Deportivo, Técnico Auxiliar (FP1), 2º de BUP con un máximo de dos materias no superadas.
Requisitos para estudiar a distancia con CIDEAD

Podrán acceder a estas enseñanzas aquellas personas que cumplan alguna de las siguientes condiciones:

  • Ser de nacionalidad española y residir temporal o habitualmente en el extranjero.
  • Residir en el extranjero sin ser de nacionalidad española habiendo cursado previamente estudios reglados españoles.
  • Residir en algún lugar de España donde, en régimen a distancia, no exista la modalidad de estudios que deseen cursar o en los que concurra alguna causa excepcional que justifique su escolarización en el CIDEAD: deportistas profesionales por ejemplo.

Matrícula

Hay un periodo de matrícula y un formulario que hay que entregar. Se puede hacer a través del propio sistema o bien descargando la matrícula o enviando mail a: cidead@educacion.gob.es también se puede hacer un cambio de centro poniendo en asunto “traslado de matrícula”.
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