Ya hemos hablado estos días de distintos truquitos para ahorrar con la llegada del verano:

El «Bono Coidado» de la Xunta ayudará a las familias en el cuidado de sus hijos.

Hoy vamos a hablar del nuevo bono cuidado, esta ayuda se emplea para el pago del importe de servicios de atención a la infancia a domicilio por enfermedad o accidente del menor e imposibilidad de su cuidador y salió el año pasado con una novedad: se podrá utilizar el importe del bono cuidado para el pago de ludoteca , centro privado y campamentos de verano.

 

Hasta el 30 de septiembre de 2022 se puede solicitar el nuevo Bono Coidado de la Xunta de Galicia.

Una ayuda para las familias que por necesidades puntuales derivadas de las obligaciones laborales, personales o responsabilidades familiares necesiten conciliar.

 

PLAZO DE PRESENTACION DEL BONO CONCILIA

  • Del 9 de julio al 30 de septiembre de 2022
 

PERIODO SUBVENCIONABLE

  • Las ayudas atenderán las necesidades de conciliación registradas desde el 1 de enero y el 14 de septiembre de 2022.

 SITUACIONES SUBVENCIONABLES

La ayuda consistirá en una aportación para contribuir al pago del importe de servicios de atención a la infancia a domicilio por enfermedad o accidente del menor e imposibilidad de su cuidador o también para el pago de ludoteca o centro privado:

  • Por enfermedad o accidente del menor e imposibilidad de ser cuidado por los miembros de la unidad familiar
  • Por enfermedad o accidente de la persona cuidadora habitual;
  • Por asistencia de la persona cuidadora habitual a entrevistas de trabajo o cursos de formación;
  • Por situaciones puntuales de carácter laboral o de cuidado, tanto del cónyuge o pareja como de familiares hasta lo según grado de parentesco por consanguinidad o afinidad, que impidan la atención del/a niño/la por los miembros de la unidad familiar.
  • Tambien puede ser una necesidad puntual en periodos de vacaciones escolares que se producen cuando los centros educativos están cerrados por vacaciones siempre que ambos progenitores acrediten que por motivos laborales no pueden hacerse cargo de la atención de un niño.

 PERIODO DE VACACIONES PARA EL BONO CONCILIA

  •  A los efectos de esta orden, se entenderán como períodos de vacaciones escolares los siguientes:

    – Del 1 a 7 de enero.

    – Los días 28 de febrero y 1 y 2 de marzo

    – Del 11 al 18 de abril.

    – De 23 de junio a 14 de septiembre.

CUANTÍA DEL BONO CONCILIA

  • La cuantía de la ayuda será:
  • De 500 euros por unidad familiar en el caso de contratación de una persona empleada de hogar o de servicios de atención a la infancia a domicilio.
  • De 200 euros por cada niño en caso de asistencia a servicios de conciliación autorizados por la Consellería de Política Social o a campamentos u otros recursos de conciliación colectivos específicamente organizados para la atención de los niños en períodos de vacaciones escolares.
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